EL CONSEJO GENERAL DE LA ABOGACÍA SOBRE NUESTRA FRONTERA SUR

El Consejo General de la Abogacía española denuncia una vez más la vulneración de la legalidad por la Guardia Civil al entregar a las autoridades marroquíes, sin más trámite, a personas que habían entrado en territorio nacional.

Esto es lo que nos dice:

El relato de los hechos de los últimos meses es que, tras análisis jurídicos contundentes procedentes del mundo académico, y tras una imputación judicial incontestable por prevaricación contra el Jefe de la Guardia Civil en Melilla, los responsables políticos con sus declaraciones han seguido avalando una actuación ilegal, consistente en lo que primero se llamó “devoluciones en caliente”, y ahora “rechazo en frontera” con otra vuelta retórica en la que sólo se busca eludir la claridad de los términos en los que se expresa la Ley e impedir así el reconocimiento y el ejercicio de derechos.

En los documentos gráficos hechos públicos hoy mismo en diversos medios de comunicación se puede observar con toda claridad un grupo numeroso de inmigrantes subido a la tercera valla, es decir, YA DENTRO DE TERRITORIO ESPAÑOL (una vez superada la primera valla), sin que quepa de ninguna manera discutir este extremo, son detenidos y entregados a las autoridades marroquíes sin que medie expediente alguno de devolución, en el que es ineludible la documentación y la asistencia letrada del detenido.

Nos ha llamado la atención que los medios de comunicación sigan hablando de las vallas interiores como “zona intermedia entre Melilla y Marruecos” (El Pais), “zona intermedia entre las dos alambradas” (Publico), “intento de entrada irregular” (El Mundo) , “intento de salto a la valla” (ABC) “valla que separa Melilla de Marruecos” (La Razón). Todos estos conceptos ignoran el hecho objetivo y documentado, a la vista de todos, de que la valla en la que se encontraban encaramados y donde se han producido los incidentes era la tercera valla interior, y por tanto ninguno de esos conceptos es jurídicamente adecuado: se trata de territorio español, y de una entrada irregular consumada, no un intento, que tiene como consecuencia jurídica necesaria y única posible– tal y como nos hemos encargado insistentemente de subrayar – la apertura de un expediente individualizado a cada una de esas personas con la asistencia de un abogado de oficio.

No podemos sino lamentar la violencia que se ha desplegado por unos y otros en este último incidente, y no será la abogacía quien se inmiscuya en la investigación judicial que debe seguirse por esa violencia, pero llama la atención que se presenten cargos penales por un delito de resistencia y atentado a la autoridad contra quienes, en el mismo discurso, es imposible que hayan cometido tal delito si se encuentran todavía fuera de territorio nacional. El territorio no es un concepto elástico que puede servir para acusar penalmente al inmigrante pero a renglón seguido no para reconocerle derechos. Los derechos y las leyes no son “a efectos de la Ley de extranjería” distintos que “a efectos del Código Penal”.

La sociedad española en su conjunto, con los medios de comunicación al frente, no puede ni debe caer en trampas del lenguaje que sólo ocultan la pretensión de hacer una aplicación de las leyes más cómoda (más operativa, se dice) a quienes deben aplicarla con todo rigor y con todo respeto a los derechos que esas mismas leyes consagran. Eso y no otra cosa es el Estado de Derecho, contra cuya tergiversación no podemos ceder bajo ninguna excusa. Ni permitirse con una actitud comprensiva que las autoridades del Estado se escuden detrás del reposo propio de las garantías del proceso penal que se sigue por prevaricación para seguir cometiéndola impunemente.

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