PLIEGO DE CONDICIONES

PROGRAMA DE SITUACIONES DE URGENCIA RESIDENCIAL CON PERSONAS INMIGRANTES 2017

PLIEGO DE CONDICIONES


 

 

 

ÍNDICE

 

  1. Objeto

 

  1. Requisitos

 

  1. Ayudas

 

  1. Publicidad

 

  1. Tramitación de ayudas

 

  1. Criterios de adjudicación

 

  1. Recursos

 

  1. Causa de pérdida ayuda

 

  1. ANEXO (Modelos de documentos normalizados)

 

Anexo 0 Documentación a aportar Anexo I Solicitud

 

Anexo II Declaración responsable de ingresos Anexo III Informe social

 

Anexo IV Compromiso de participación Anexo V Modelo Recibí

 

Anexo VI Evaluación del programa

 

 

 

  1. Objeto

 

El programa de ACOGIDA. SITUACIONES DE URGENCIA RESIDENCIAL CON PERSONAS INMIGRANTES de Córdoba Acoge es un proyecto para solucionar situaciones de urgencia concretas y limitadas en el tiempo en las que el pago de determinados recibos de alquiler y suministro energético sea clave para la no interrupción del proceso de inserción social y para evitar la pérdida de autonomía y la consecuente entrada en el circuito de la dependencia institucional.

 

Se pretende evitar situaciones de sinhogarismo que puedan ser solucionadas con la cobertura de gastos de alquiler de las viviendas durante un tiempo determinado, previo cumplimiento de ciertas condiciones familiares y sociales, y con el compromiso de la entrada, si no se está ya, en los servicios de inserción laboral de la entidad.

 

  1. Requisitos

 

2.1 De la composición familiar

 

  1. Las ayudas van dirigidas a personas de origen extranjero y sus familias que residan en Córdoba capital y tengan algún tipo de problema para el acceso o mantenimiento de una vivienda, por motivos de recursos económicos suficientes y de no atenderse podrían derivar a situaciones extremas de exclusión y/o marginación social.

 

  1. No ser beneficiario/a de alguna ayuda estatal, autonómica o municipal destinada a la misma finalidad en el momento de la solicitud.

 

  1. Situación Económica

 

Las personas solicitantes deben de cumplir los siguientes REQUISITOS:

 

  • CARECER DE INGRESOS SUFICIENTES.

 

Se entiende que la persona solicitante se halla en dificultad temporal para hacer frente al pago de las rentas de la vivienda que ocupan y/o suministros debido a circunstancias sobrevenidas de especial gravedad o cualquier situación de gravedad que requiere una actuación urgente en relación a la vivienda que ocupa, por lo que tendrá que justificar que no tiene rentas o ingresos suficientes en el momento de la solicitud presentando la documentación necesaria.

 

 

  1. d) La persona solicitante deberá estar empadronada en la ciudad de Córdoba junto a la unidad familiar que declare, con anterioridad a la presentación de la solicitud en el domicilio arrendado objeto de la ayuda.

 

2.2 De la vivienda objeto de la ayuda económica

 

  1. La vivienda objeto del presente programa deberá ser de titularidad privada, no admitiéndose viviendas de titularidad de la administración o sus entes instrumentales ni de las entidades de carácter benéfico social o sin ánimo de lucro. Así mismo las viviendas deberán disponer de las debidas condiciones de habitabilidad.

 

  1. Para la correspondiente ayuda, la composición familiar solicitante deberá formalizar el correspondiente contrato de alquiler ajustándose a las determinaciones de la Ley de Arrendamientos Urbanos, y deberá ocupar la vivienda como domicilio habitual y permanente durante el periodo que se estén percibiendo las ayudas.

 

Además de los requisitos generales de la composición familiar y de la vivienda objeto de la ayuda, se deberán acreditar los siguientes:

 

  1. Que la deuda por impago de la renta o suministros de la vivienda arrendada, en caso de existir, no sea superior a dos meses.

 

  1. Que la renta de la vivienda no supere los 500€/mes.

 

  1. Que la vivienda cuente con las debidas condiciones de habitabilidad

 

  1. Que la composición familiar solicitante reside en la vivienda arrendada al menos con tres meses desde la presentación de la solicitud.

 

  1. Que el contrato de arrendamiento y sus prórrogas no tengan fijada su fecha de finalización en los próximos tres meses desde la presentación de la solicitud.

 

  1. Los motivos de índole laboral, familiar, social que hayan provocado la disminución de los ingresos familiares y/o aquellas otras circunstancias de carácter económico que han supuesto o van a suponer a corto plazo el impago de la renta.

 

No obstante podrán atenderse aquellas solicitudes que atendiendo a situaciones excepcionales del caso concreto sean informadas favorablemente.

 

  1. Ayudas

 

Reunidos los requisitos, se elaborará propuesta de concesión a través de un informe técnico de la ayuda económica prevista, la cual será de carácter puntual, a fondo perdido para hacer frente a situaciones de extrema urgencia relacionadas con el pago del alquiler o suministros (agua o luz).

 

Esta ayuda puede ser complementaria con la que pueda concederse desde otros servicios municipales o privados para disminuir la deuda por rentas de alquiler o suministros impagadas.

 

  1. Publicidad

 

La convocatoria se hará pública en los diferentes medios de difusión de la entidad que garanticen los principios de publicidad y accesibilidad a la información, así como en puntos de interés de la ciudad.

 

Para la obtención de la documentación necesaria e información se atenderá a la persona interesada en el Área de Vivienda de Córdoba Acoge que tiene su sede social en la C/ Músico Ziryab, 10 CP 14005 de Córdoba, en horario de atención de lunes a jueves de 9:30 a 13:30 y miércoles de 17:00 a 19:00 y en el teléfono 957 23 08 38.

 

Toda la información y documentación de la convocatoria estará disponible en nuestra página web https://www.cordoba-acoge.com/

 

  1. Tramitación de solicitudes

 

Córdoba Acoge señalará la fecha de apertura de la convocatoria para que todas las personas interesadas que reúnan los requisitos exigidos puedan presentar su solicitud, que se deberá formular en el modelo que se facilite al efecto y donde se indicará la documentación a aportar junto a la solicitud.

 

Se abrirá el plazo durante el mes de Abril de 2017 y permanecerá abierto durante el año en función de la disponibilidad económica del Programa, atendiendo a las mismas en la mayor brevedad posible, una vez sean cumplimentadas y valoradas por el equipo técnico adscrito al Programa, se le notificará directamente a la persona beneficiaria la adjudicación de dicha ayuda, debiendo cumplimentar los documentos justificativos que se faciliten para la gestión de la misma.

 

La ayuda concedida se le comunicará al/la representante de la composición familiar solicitante, donde se indicarán, las condiciones que en cada caso se determinen en la propuesta de resolución para la percepción de la ayuda y el plazo para ello. Su incumplimiento por la composición familiar solicitante podrá determinar la pérdida del derecho a la ayuda concedida inicialmente.

 

Las alegaciones que se presenten durante el periodo de ejecución de dicho Programa serán evaluadas y contestadas por el Área de Vivienda de la entidad.

 

En caso de que faltase algún documento por aportar, se le notificará a la persona interesada quien deberá subsanarlo en el plazo improrrogable de cinco días, trascurrido el cual sin que hubiese completado el trámite, Córdoba Acoge se guarda la potestad de proceder al archivo definitivo del expediente.

 

El procedimiento interno que se seguirá para la recepción, estudio, concesión, denegación y gestión de las ayudas, será el que aparece en el presente pliego de condiciones, basado en el Programa “Situaciones de Urgencia Residencial con Personas

 

Inmigrantes” Financiado por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

(con cargo de IRPF).

 

Córdoba a 1 de Abril de 2017

 

ANEXOS.

 

ANEXO I SOLICITUD (Documentación a aportar)

 

ANEXO II DECLARACIÓN RESPONSABLE DE INGRESOS

 

ANEXO III INFORME SOCIAL TÉCNICO

 

ANEXO IV COMPROMISO DE PARTICIPACIÓN. LOPD

 

ANEXO V MODELO RECIBÍ

 

ANEXO VI EVALUACIÓN DEL PROGRAMA

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